Industrial

01-24-96 NORMA Oficial Mexicana NOM-004-SCFI-1994, Información comercial-Etiquetado de productos textiles, prendas de vestir y sus accesorios. (modifica a la NOM-004-SCFI-1993).

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.- Dirección General de Normas. NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-004-SCFI-1994, INFORMACION COMERCIAL- ETIQUETADO DE PRODUCTOS TEXTILES, PRENDAS DE VESTIR Y SUS ACCESORIOS (MODIFICA A LA NOM-004-SCFI1993). La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 39 fracción V, 40 fracción XII, 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 9y 24 fracciones I y XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial; 5o. fracción XIII, inciso a) del Acuerdo que adscribe orgánicamente unidades administrativas y delega facultades en los Subsecretarios, Oficial Mayor, Jefes de Unidad, Directores Generales, Coordinador General y otros subalternos de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial; publicado en elDiario Oficial de la Federación el 29 de marzo de 1994 y reformado por decreto publicado en el mismo medio informativo de 14 de septiembre del mismo año, y
CONSIDERANDO

Que el pasado 22 de noviembre de 1995 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-004-SCFI-1994, Información comercial – Etiquetado de productos textiles, prendas de vestir y sus accesorios, Quecon fecha 4 diciembre de 1995, se publicaron en el mismo medio informativo las respuestas a los comentarios de dicha Norma, Que con fecha 22 de diciembre de 1995 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Resolución que deja sin efecto la entrada en vigor de la norma en un principio señalada, misma que de acuerdo con las disposiciones aplicables establecidas en la Ley Federal sobreMetrología y Normalización debe publicarse con posterioridad a la publicación de los comentarios, Que con objeto de agotar las existencias e inventarios que se tienen hasta el momento, se ha previsto otorgar un plazo suficiente para el cumplimiento de la Norma en cuestión, en lo referente a la identificación del país donde se importen los insumos, así como a las tallas, Que siendo responsabilidad delGobierno Federal procurar las medidas que sean necesarias para garantizar que los productos y servicios, que se comercialicen en territorio nacional, ostenten la información comercial necesaria para que los consumidores y usuarios puedan tomar adecuadamente sus decisiones de compra y usar y disfrutar plenamente los productos y servicios que adquieren, siendo las normas oficiales mexicanas elinstrumento idóneo para la prosecución de estos objetivos, Que para efectos de la verificación del cumplimiento de esta Norma en punto de entrada de mercancía al país, se estará a lo dispuesto en el Acuerdo que identifica las fracciones arancelarias de las tarifas de la Ley del Impuesto General de Importación y de la Ley de Exportación, en las cuales se clasifican las mercancías sujetas al cumplimientode las normas oficiales mexicanas en el punto de entrada de la mercancía al país, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 1995, se expide la siguiente: NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-004-SCFI-1994, INFORMACION COMERCIAL-ETIQUETADO DE PRODUCTOS TEXTILES, PRENDAS DE VESTIR Y SUS ACCESORIOS (MODIFICA A LA NOM-004-SCFI1993). Para estos efectos, esta Norma Oficial Mexicanaentrará en vigor a los quince días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, con excepción de: a) los incisos 4.6.2 y 4.6.3, en lo relativo a la identificación del país de donde se importen los insumos (“importado de …”), lo cual entrará en vigor seis meses después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación,

b)

las disposiciones relativas a la talla o…