INTRODUCCIÓN AL “DESAHUCIO EXPRESS”
En el BOE del Martes 24 de noviembre de 2009 se ha publicado la Ley 19/2009, de 23 de noviembre, de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y dela eficiencia energética de los edificios, también conocida en el argot legal como “Ley del desahucio express”.
La trascendencia y complejidad de la misma ha requerido de la modificación de la Leyde Arrendamientos Urbanos, la Ley de Enjuiciamiento Civil así como de la Ley de Propiedad Horizontal para facilitar actuaciones encaminadas a los procesos citados.
Tanto por el papel queactualmente desarrolla la Policía Municipal de modo indirecto o directo en materia de desalojos, así como las intervenciones en viviendas por conflictos entre inquilinos y propietarios o ya sea por el interéspersonal de aquellos funcionarios policiales que residan en régimen de alquiler o piensen en alquilar sus viviendas, desde UGT consideramos necesario divulgar las principales novedades que se llevarána cabo en el ámbito legal y práctico de alquileres urbanos:
1. Ampliación de supuestos que no contemplan la prórroga obligatoria del contrato, debiendo recogerse expresamente en una cláusula delmismo la existencia de dicha imposibilidad si el arrendador necesitara la vivienda para su persona o uso de los consanguíneos, adoptados y ex-cónyuge. Ello, además de preservar la necesaria seguridadjurídica, evita precedentes anteriores donde se tendría que haber esperado hasta la extinción del contrato en un tiempo medio de cinco años.
2. Mayor agilidad en reclamación de mensualidades orentas impagadas vía juicio verbal sin que pierda vigencia por ello el contrato de alquiler en instancia de desahucio, como venía siendo habitual, acompañado además de una mayor demora en el proceso.Este paso supone una rescisión del contrato con un inquilino moroso en mucho menos tiempo.
3. La simple existencia de la sentencia de desahucio será motivo suficiente de ejecución del mismo en…