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Artículo 17-J.

El titular de un certificado emitido por el Servicio de Administración Tributaria, tendrá las siguientes obligaciones:

I. Actuar con diligencia y establecer los medios razonables para evitar la utilización no autorizada de los datos de creación de la firma.

II. Cuando se emplee el certificado en relación con una firma electrónica avanzada, actuar con diligencia razonablepara cerciorarse de que todas las declaraciones que haya hecho en relación con el certificado, con su vigencia, o que hayan sido consignados en el mismo, son exactas.

III. Solicitar la revocación del certificado ante cualquier circunstancia que pueda poner en riesgo la privacidad de sus datos de creación de firma.

El titular del certificado será responsable de las consecuencias jurídicas quederiven por no cumplir oportunamente con las obligaciones previstas en el presente artículo.

Certificado de Sello Digital

Los certificados de sellos digitales son expedidos por el SAT son para uso especifico de Comprobantes Fiscales Digitales. Por medio de ellos el contribuyente podrá sellar electrónicamente la cadena original de los comprobantes que emita en cada una de sus sucursales; asíse tendrá identificado el origen del comprobante fiscal digital, junto con la unicidad y las demás características que tienen los certificados digitales (Integridad, no repudio, autenticidad y confidencialidad). El contribuyente puede optar por pedir un sello digital para cada una de las sucursales, establecimientos o locales, donde emita comprobantes fiscales digitales.

Clave de IdentificaciónElectrónica Confidencial (CIEC)

Sistema de identificación basado en el RFC y el NIP (número de identificación personal), utilizado para realizar declaraciones provisionales y declaraciones anuales.

2. ¿Dónde nace la Obligación? Artículo 31 1er. párrafo CFF. Las personas deberán presentar las solicitudes en materia de Registro Federal de Contribuyentes, declaraciones, avisos o informes enDocumentos Digitales con Firma Electrónica Avanzada a través de los medios y formatos electrónicos que señale el SAT. Nota: Disposiciones transitorias del Código Fiscal de la Federación en su Artículo Segundo, fracción XXI. Durante el ejercicio de 2004 el uso de la Firma Electrónica Avanzada será optativo para los contribuyentes. En tanto los contribuyentes obtienen el Certificado de FirmaElectrónica Avanzada, en el ejercicio fiscal de 2004 deberán continuar utilizando ante el SAT las Firma Electrónica que ante el mismo Servicio han venido utilizando, o las que generen conforme a las reglas de carácter general que dicho órgano emita para la presentación de declaraciones y dictámenes, según sea el caso. Adicional al Artículo anterior tenemos: Artículo 18 1er. párrafo CFF. Las promocionesdirigidas a las autoridades fiscales, deberán presentarse mediante Documento Digital que contenga Firma Electrónica Avanzada. Nota: Artículo Segundo de las Disposiciones Transitorias del CFF en su fracción II. Lo dispuesto en el Artículo 18 del Código Fiscal de la Federación, entrará en vigor hasta que el SAT establezca las promociones que se deberán presentar por medios electrónicos y en documentoimpreso. Y el Artículo 17-D 1er. párrafo CFF. Cuando las disposiciones fiscales obliguen a presentar documentos, éstos deberán ser digitales y contener una Firma Electrónica Avanzada del autor. 3. ¿Qué documentos? Son cuatro: Artículo 18 1er. párrafo CFF. Las promociones (19-A Consultas y Solicitudes de autorización) dirigidas a las autoridades fiscales, excepto las que determine el SAT mediantereglas de carácter general. Artículo 31 1er. párrafo CFF 2. Las solicitudes en materia de Registro Federal de Contribuyentes, declaraciones, avisos o informes. 3. Escrituras o Poderes notariales. 4. Comprobantes: o Recibos. o Facturas. o Notas de Crédito. o Notas de Cargo. 4.

ACUERDO INTERINSTITUCIONAL POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS
PARA LA HOMOLOGACION, IMPLANTACION Y USO DE LA…