La pregunta esencial a hacerse es como determinar cuando se esta ante un sujeto de Derecho Internacional. Pues bien, es difícil determinar el modo de atribución de la personalidad internacional, sobre todo cuando se considera las particularidades de la estructura social global y su disfuncional forma de organización. De esta manera, el orden jurídico internacional carece de criterios que puedanimponerse de modo uniforme para atribuir a una entidad determinada la calidad de sujeto del mismo. Sin embargo, si parece claro que el otorgamiento de la subjetividad internacional lleva aparejadas una serie de consecuencias, en la medida en que quien esté en posesión del estatuto de sujeto del Derecho Internacional se convierte en destinatario de sus normas y queda sujeto a las obligaciones queestas le impongan y a la vez que queda revestido de una amplia esfera de libertad, la que, no obstante, encuentra sus limitaciones en esas propias normas, dirigidas a respetar las existencia y la libertad de los demás sujetos. De esto, por lo demás, resulta posible que un sujeto, precisamente en uso de su capacidad de obrar, se imponga por medio de un acuerdo internacional limitaciones a su libertadde obrar, por ejemplo, comprometiendo su participación en ciertas organizaciones supranacionales.
Como advierte el profesor Diez de Velasco, al trazar una teoría de la subjetividad internacional conviene no confundir las situaciones de sujeto de las relaciones internacionales y sujeto del Derecho Internacional. Ya que la primera conlleva la calidad de protagonista de dichas relaciones en unplano sociológico, mientras que la segunda significa ser titular de derechos y obligaciones en el plano jurídico internacional.2 Por ello, entonces, algunas entidades como las empresas trasnacionales, pueden tener relevancia como un actor internacional, pero carecer de subjetividad internacional al depender del derecho interno de un estado.
Como decíamos, con este trabajo se busca ilustrar como,principiando ya el siglo XXI, no puede haber duda de que el ser humano se ha emancipado respecto del Estado, como sujeto de Derecho Internacional, dotado de capacidad jurídica procesal. Proceso de emancipación que se ha erigido, por un lado, sobre los pilares básicos del derecho de petición individual a los tribunales internacionales de derechos humanos y la intangibilidad de la jurisdicciónobligatoria de estos. Los cuales, necesariamente conjugados, hacen viable el acceso de los individuos a la justicia a nivel internacional, lo que, en palabras del juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Antônio Cançado, representa una verdadera revolución jurídica y quizás el más importante legado que nos deja la ciencia jurídica del siglo XX.
Las Fuentes del Derecho Internacional PúblicoConcepto de las fuentes del Derecho Internacional Público.Actualmente en la doctrina se destacan dos concepciones diferentes en cuanto a las fuentes del Derecho Internacional:Concepción Positivista.Según esta doctrina, sustentada por Anzilotti la única fuente del Derecho internacional es el acuerdo de voluntades, ya sea bajo la forma expresa, como es el caso de los tratados internacionales y enforma tácita, en cuyo caso nos encontramos en presencia de la costumbre.
Concepción Objetivista.En lo referente a las fuentes del derecho de gente, la concepción objetivista se apoya esencialmente sobre la distinción entre las fuentes creadora y fuentes formales. Las primeras son las verdaderas fuentes del derecho; las segundas son los tratados y las costumbres, que no crea Derecho sino que son modode constatación. Según Rousseau.
Clasificación de las Fuentes del Derecho Internacional Publico.Las fuentes del DIP, pueden dividirse en:Fuentes Principales, Directas o Autónomas.Las fuentes directas o materiales son aquellos factores de tipo social, político o económico que están aptos para crear o formar normas jurídicas internacionales por sí mismas aplicable a las relaciones de los…