Claudia Lescano Minaya
CONSULTORÍA
REVISIÓN DEL AMBITO PENAL ADOLESCENTE
Análisis de la Legislación vigente.-
Sobrelas medidas socioeducativas el Capítulo VII del Libro Cuarto del Código de los Niños y Adolescentes tenemos que:
Se establece por objeto la rehabilitación del adolescente infractor, lo cual es correcto bajo la perspectiva de la doctrina de protección integral,siempre y cuando esta rehabilitación sea a través de la reincorporación del adolescente a su entorno familiar en tanto este sea posible; para, de este modo, él mismo pueda desarrollarse en sociedad posteriormente.
La rehabilitación debe concluir en la reinserción del adolescente en la sociedad pasando por uno de los principales principios como es el de la unidad familiar; unidad familiar que,comosujeto de derechos y deberes en la Convención sobre los Derechos del Niño, contribuirá así al desarrollo de los derechos fundamentales de la misma, frente a la sociedad y frente al Estado.
Del mismo modo la internación de la cual se habla en el artículo 235° del mismo código, debe ir dirigida a una protección estatal supletoria y justificada ante la ausencia de los padres yfamiliares, o ante laimposibilidad ( probada certeramente) de los mismos de dar cumplimiento debido de las obligaciones y funciones de protección frente al niño; así como los deberes del Estado hacia el niño, los deberes de la familia hacia los niños y las obligaciones del Estado hacia la familia por la cual la finalidad del Estado es garantista y restitutiva de derechos de carácter temporal.
El periodo mínimonecesario del que se hace mención en dicho artículo para la internación, es en base al ámbito tutelar frente al que nos encontramos, el cual tendrá como característica primordial la temporalidad, favoreciendo de esta manera el desarrollo integral. Es por ello que se establece un tope de 3 años de internación el cual no podrá excederse.
Esta medida debe ser vista como confirmación del Estado de suvocación de respeto y garantía en los procesos judiciales. “Se establece por un lado un conjunto de derechos y garantías para los niños y adolescentes acusados de cometer actos contrarios a la ley penal y por otro, un sistema de responsabilidad penal juvenil con un servicio especializado para procesar estos casos, disponiéndose que la privación de la libertad del niño o del adolescente debe ser unamedida extrema, de último recurso, a ser empleada por plazos breves y como última alternativa frente a la imposibilidad de aplicar otras medidas para la rehabilitación del adolescente”.
Por otro lado debe realizarse un análisis crítico del artículo 236° el cual señala las causales de internación, entre ellas se encuentra que lamentablemente la mayoría de esos adolescentes y jóvenes han pasado ala categoría de infractores. Según el Códigode los Niños y Adolescentes, pues se considera adolescente infractor: “ al autor o partícipe de un hecho punible tipificado como delito o falta en la ley penal” (Art.196º ).
No obstante, lo más peligroso que tiene este norma es la posibilidad que tiene de encubrir una sanción penal, disfrazada de “medida de protección”, pues el menor de 14 años,además de no ser considerado “infractor” al habérsele excluido del Sistema de Responsabilidad Penal, tampoco puede ser pasible de una medida de protección sólo por esta razón o por la comisión de un hecho del cual no tiene responsabilidad penal, pues de existir un nexo causal entre la medida de protección y la infracción se encuentra una sanción disfrazada de protección.
De este modo se ve reflejadoel error conceptual de nuestro actual Código de los Niños y Adolescentes, que subdivide a los niños y adolescentes susceptibles de medidas de protección en dos grupos. Un primer grupo formado por los que han cometido infracción a la Ley Penal a quienes el Juez les puede aplicar las medidas de protección (Artículo 242) y el segundo formado por los que no habiendo cometido infracción a la Ley…