EL DICTAMEN DEL CONTADOR PÚBLICO EN SU CARÁCTER DE COMISIARIO
GENERALIDADES:
La legislación mexicana, desde hace varias décadas, sea preocupada por reglamentar la vigilancia de las sociedades. En el código de comercio de 1889 aparece por primera vez la figura de vigilante y posteriormente, en 1934, la ley general de sociedades mercantiles (LGSM) legisla específicamente sobre la vigilanciade las sociedades anónimas, a través de uno o varios comisarios. Desde su origen, las funciones de vigilancia que señala la Ley han tenido por objeto que una persona accionista de la sociedad, bajo ciertas limitaciones, o un tercero independiente a la misma, informe anualmente a la asamblea de accionistas respecto de la veracidad, suficiencia y razonabilidad de la información presentada por losadministradores, a la propia asamblea de accionistas. La LGSM vigente requiere que el informe anual del comisario debe incluir por lo menos.
-La opinión del comisario, sobre si las políticas y criterios contables y de información seguidos por la sociedad, son adecuados y suficientes, tomando en consideración las circunstancias particulares de la misma.
-La opinión de comisario, sobre si esaspolíticas y criterios han sido aplicados consustancialmente en la información presentada en los administradores.
-La opinión de comisario, sobre si como consecuencia de lo anterior, la información presentada por los administradores refleja en forma veraz y suficiente, la situación financiera y los resultados de la sociedad.
La formación y practica profesional de contador publico asi como lanaturaleza de los informes que emite como resultado de su trabajo le permiten cumplir de manera natural con los requerimientos legales anteriores, por lo cual el contador publico es frecuentemente requerido para desempeñar el cargo de comisario y en consecuencia es necesario que la profesión organizada norme la actuación de dicho profesional en el desempeño de esta función.
Así, el boletín 1010“Normas de auditoria” de esta comisión establece que:
A) En todos los casos en que el nombre de un contador publico quede asociado con estados o información financiera, deberá expresar de manera clara e inequívoca la naturaleza de su relación con dicha información, su opinión sobre la misma y en su caso, las limitaciones importantes que haya tenido su examen, las salvedades que se derivende ellas o todas las razones de importancia, por las cuales se expresa una opinión adversa o no puede expresar una opinión profesional, a pesar de haber hecho un examen de acuerdo con las normas de auditoria, y
B) Que el auditor al opinar sobre los estados financieros debe observar que: fueron preparados de acuerdo con las Normas de Información Financiera o bien conforme a las reglas queestablece el boletín 4020; La información presentada en los mismos y en las notas relativas es adecuada y suficiente para su razonable interpretación.
OBJETIVO:
Este boletín tiene por objeto: a) Orientar al contador público en su actuación como comisario, en el cumplimiento de las funciones que le impone la LGSM, y b) normar el contenido del dictamen que debe emitir.
ALCANCE Y LIMITACIONES:Este boletín se refiere exclusivamente al dictamen que debe emitir el contador publico en su carácter de comisario, de acuerdo con lo prescrito en el articulo 166 LGSM y no se refiere a otros informes que pudiera emitir en cumplimiento de las demás obligaciones que la Ley menciona de impone.
PRONUNCIAMIENTOS NORMATIVOS
Relativos al examen a efectuar
Es la práctica profesional, elcontador público puede enfrentar las siguientes situaciones: a) que siendo el auditor externo de la entidad, haya asumido también la responsabilidad de la función de comisario de la misma. b) que actúe como comisario, sin ser el auditor externo.
En ambos casos, el contador publico deberá considerar las disposiciones del articulo 169 de LGSM, que establecen que el comisario será individualmente…