Reglamento de Construcción de Puerto Vallarta, Jalisco
H. Ayuntamiento de Puerto Vallarta, Jalisco.
1992-1997
Presidente Municipal
FERNANDO GONZALEZ CORONA
Secretario y Síndico
Regidores
FERNANDO GONZALEZ CORONA, Presidente Municipal de Puerto Vallarta, Jalisco, en uso de las facultades que me confieren los artículos 36 fracción II de la Constitución Política del Estado y 35 FracciónI, 36 y 40 Fracción I de la Ley Orgánica Municipal, a todos los habitantes del Municipio hago saber que el H. Ayuntamiento de Puerto Vallarta, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 39 Fracción I Numeral 3 de la Ley Orgánica Municipal ha tenido a bien expedir el siguiente:
REGLAMENTO DE CONSTRUCCION DE PUERTO VALLARTA, JAL.
INDICE
TITULO PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALES
TITULOSEGUNDO: SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES
TITULO TERCERO: ORDENACION URBANA, ZONIFICACION Y VIAS PUBLICAS.
TITULO CUARTO: IMAGEN VISUAL
TITULO QUINTO: PROYECTOS
TITULO SEXTO: SEGURIDAD ESTRUCTURAL DE LAS CONSTRUCCIONES.
TITULO SEPTIMO: CONSTRUCCION
TITULO OCTAVO: USO, OPERACION Y MANTENIMIENTO (PRECIOS Y EDIFICIOS)
TITULO NOVENO: AMPLIACIONES DE OBRAS DE MEJORAMIENTO.TITULO DECIMO: MEDIDAS PREVENTIVAS EN DEMOLICIONES.
TITULO DECIMO PRIMERO: DIRECTORES RESPONSABLES DE OBRA Y CORRESPONSABLES
TITULO DECIMO SEGUNDO: LICENCIAS Y AUTORIZACIONES
TITULO DECIMO TERCERO: VISITAS DE INSPECCION, SANCIONES Y RECURSOS
ARTICULOS TRANSITORIOS.
TITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I
ARTICULO 1.1.1. Toda obra, excavación, construcción,demolición o instalación pública o privada, así como acto de ocupación de la vía pública, debe regirse por las disposiciones del presente Reglamento.
ARTICULO 1.1.2. Corresponde al H. Ayuntamiento de Puerto Vallarta, el autorizar las actividades a que se refiere, el artículo anterior por conducto de la Dirección de Obras Públicas u a esta Dependencia, la vigilancia para un mejor cumplimiento a lasdisposiciones del presente reglamento.
ARTICULO 1.1.3. Las infracciones cometidas contra las normas a que se contrae el Reglamento serán prevenidas, imputadas y sancionadas conforme a las disposiciones contenidas en el mismo.
ARTICULO 1.1.4. La Dirección de Obras Públicas, para llevar los fines a que se refiere el artículo (1.1.2.) tendrá las siguientes facultades:
A). – Sugerir al H.Ayuntamiento de Puerto Vallarta, determinaciones administrativas para que las construcciones, instalaciones, calles y servicios públicos reúnan las condiciones necesarias de seguridad, higiene, comodidad y estética.
B).- Controlar el crecimiento urbano, las densidades de construcción y población de acuerdo con el interés público y leyes sobre la materia (Plan General de Desarrollo Urbano).
C).-Dictaminar sobre el conceder o negar, de acuerdo con el Plan Municipal de Desarrollo Urbano, restricciones económicas del lugar si las hay de acuerdo a este Reglamento conceder permisos para obras relacionadas con la construcción y desarrollos urbanos.
D).- Inspeccionar todas las construcciones o instalaciones que se ejecuten o estén recientemente terminadas y constatar que los mismos estén deacuerdo a los planos aprobados.
E).- Practicar inspecciones para conocer el uso que se haga de un precio, estructura, instalación, Edificio o Construcción.
F).- Ordenar la suspensión de obras en los casos previstos por este reglamento.
G).- Dictar disposiciones en relación con edificios peligrosos y establecimientos, malsanos o que causen molestias para que cese tal peligro y perturbación,sugiere si es el caso de la Presidencia Municipal el cierre de los establecimientos y desocupación de los edificios para la resolución del cese por dicha autoridad.
H).- Advertir y aconsejar a la Presidencia Municipal sobre la demolición de los edificios en los casos previstos por este Reglamento para que esta autoridad resuelva.
L).- Ejecutar por cuenta de los Propietarios, las obras…