Procedimiento penal

REGLAS DE PROCEDIMIENTO CRIMINAL, 1963
Fecha Revisado (update): 16 de mayo de 2002
Reglas 1-60,Reglas 61- 95
Reglas 96 – 191
Reglas 192 – 227
Reglas 228 – 255

Adoptadas por el Tribunal Supremo en 21 de enero de 1960.
Desaprobadas por la Asamblea Legislativa por la Ley Núm. 76 de junio de 1960.
Adoptadas Nuevamente por el Tribunal Supremo en 27 de diciembre de 1960.
Desaprobadas por laAsamblea Legislativa por la Ley Núm. 127 de 27 de junio de 1961.
Adoptadas Nuevamente en 7 de febrero de 1962.
Desaprobadas por la Ley Núm. 86 de 21 de junio de 1962.
Adoptadas Nuevamente en 5 de febrero de 1963, y sometidas a la Asamblea Legislativa al comienzo de la Tercera Sesión Ordinaria (1963).
Enmendadas por la Ley Núm. 87 aprobada en 26 de junio de 1963.
En vigor 60 días después dela terminación de la sesión (30 de julio de 1963) a tenor con el artículo V, sec. 6 de la Constitución.
La Tercera Sesión Ordinaria se extendió hasta el 31 de mayo de 1963 a tenor con la Resolución Conjunta Núm. 23, aprobada en 25 de abril de 1963.

I. TITULO, VIGENCIA E INTERPRETACIÓN

Regla 1. TITULO E INTERPRETACION. (34 L.P.R.A. Ap. II R 1)
Estas reglas serán conocidas y citadas como”Reglas de Procedimiento Criminal”. Se interpretarán de modo que aseguren la tramitación justa de todo procedimiento y eviten dilaciones y gastos injustificados.
Regla 2. APLICACION Y VIGENCIA. (34 L.P.R.A. Ap. II R 2)
Estas reglas regirán el procedimiento en el Tribunal General de Justicia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico en todos los procesos de naturaleza penal iniciados en o conposterioridad a la fecha en que entraren en vigor, y en todos los procesos entonces pendientes siempre que su aplicación fuere practicable y no perjudicare los derechos sustanciales del acusado.
II. PROCEDIMIENTOS PRELIMINARES

Regla 3. MAGISTRADOS. (34 L.P.R.A. Ap. II R 3)
Un magistrado es un funcionario con autoridad para dictar una orden de arresto contra una persona a quien se le imputa undelito. Son magistrados los jueces del Tribunal Supremo, los jueces del Tribunal Superior, los jueces del Tribunal de Distrito y los jueces de paz.
Regla 4. ARRESTO; DEFINICION; COMO SE HARA Y POR QUIEN; VISITA DE ABOGADO. (34 L.P.R.A. Ap. II R 4)
Un arresto es el acto de poner a una persona bajo custodia en los casos y del modo que la ley autoriza. Podrá hacerse por un funcionario del ordenpúblico o por una persona particular. El arresto se hará por medio de la restricción efectiva de la libertad de la persona o sometiendo a dicha persona a la custodia de un funcionario. El arrestado no habrá de estar sujeto a más restricciones que las necesarias para su arresto y detención, y tendrá derecho a que su abogado o su familiar más cercano lo visite y se comunique con él.
Regla 5. LADENUNCIA. (34 L.P.R.A. Ap. II R 5)
La denuncia es un escrito firmado y jurado que imputa la comisión de un delito a una o a varias personas. Cualquier persona que tuviere conocimiento personal de los hechos que constituyen el delito imputado en la denuncia tendrá capacidad para ser el denunciante. Los fiscales y los miembros de la Policía Estatal en todos los casos y otros funcionarios y empleadospúblicos en los casos relacionados con el desempeño de sus deberes y funciones podrán, sin embargo, firmar y jurar denuncias cuando los hechos constitutivos del delito les consten por información y creencia. (Enmendada en el 1987, Núm. 29, art. 1, efectiva 60 días después de 19 de Junio de 1987)
Regla 6. ORDEN DE ARRESTO A BASE DE UNA DENUNCIA. (34 L.P.R.A. Ap. II R 6 )
(a) Expedición de la orden.Si de la denuncia jurada o de la declaración o declaraciones juradas sometidas con la denuncia o del examen bajo juramento del denunciante o sus testigos, si algunos, constare que hay causa probable para creer que se ha cometido el delito por la persona o personas contra quienes se imputa, el magistrado expedirá la orden para el arresto de dichas personas, con excepción de lo dispuesto en la…