Principios y valores constitucionales

LOS VALORES Y PRINCIPIOS EN LA INTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL
TERESA FREIXES SANJUÁN y JOSÉ CARLOS REMOTTI CARBONELL

SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN.—II. LA DISTINCIÓN ENTRE VALORES Y PRINCIPIOS: SU RELACIÓN CON LAS REGLAS JURÍDICAS.—III. LOS VALORES SUPERIORES DEL ORDENAMIEN-

TO JURÍDICO: A) La estructura jurídica de los valores. B) La función constitucional de
los valores.—IV. Los PRINCIPIOSCONSTITUCIONALES: A) La estructura jurídica de los principios. B) La función constitucional de los principios.—V. INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DE LOS VALORES Y PRINCIPIOS: A) Las peculiaridades de la interpretación de los

valores y principios constitucionales. B) La aplicación de los valores y principios por el
intérprete legislativo o jurisdiccional.—VI. EL CONTENIDO DE LOS VALORES Y PRINCI-PIOS: A) Las dificultades en la precisión del contenido material: la pluralidad de opciones. B) Un ejemplo paradigmático: el caso de la igualdad.—VIL A MODO DE CONCLUSIÓN.

I.

INTRODUCCIÓN

El estudio de las normas constitucionales plantea problemas de interpretación especialmente significativos debido, entre otras cosas, a los valores que incorporan y a los principios que de ellas puedenextraerse como fundamento de otras reglas jurídicas. El objeto de este trabajo es el de proponer, en la medida de lo posible, instrumentos técnico-jurídicos que faciliten la labor del intérprete para determinar la estructura y la función de los valores y principios constitucionales, así como avanzar en la superación de las dificultades existentes en la precisión de su contenido material. Elartículo 1.1 CE dispone que la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político quedan configurados como valores superiores del ordenamiento jurídico en el marco del Estado social y democrático de Derecho. Por otra parte, la doctrina comúnmente aceptada señala, por ejemplo, y entre otros, los principios democrático, social, autonómico, parlamentario, etc., como estructuras básicasconstitucionales acompañadas de otros principios, 97
Revista Española de Derecho Constitucional Año 12. Núm. 35. Mayo-Agosto 1992

TERESA FREIXES SANJUAN – J. CARLOS REMOTTI CARBONEIX

algunos positivados (como el de legalidad o el de jerarquía normativa) y otros extraídos en un proceso hermenéutico constitucional (como el de corrección funcional). Dichos valores y principios no abren el camino a un«activismo judicial» de corte estadounidense que permita la creación de normas con valor constitucional a partir de un desarrollo jurisprudencial de la propia Constitución; tampoco lo abre a lo que la jurisprudencia alemana ha denominado «tiranía de los valores», es decir, la aplicación indiscriminada de valores, positivados o no, por parte del intérprete constitucional. La positivación de los valoresy principios, es decir, su inclusión en normas jurídicas constitucionales, que son las normas supremas del ordenamiento y que tienen eficacia directa, no permite, en primer lugar, eludir su aplicación ni, en segundo término, realizar cualquier interpretación valorativa. Por otra parte, la interpretación y aplicación de las reglas jurídicas debe ajustarse a un orden de valores previo y determinado,que está descrito en la Constitución. Además, los principios de los cuales se han de extraer reglas también deben responder a estructuras constitucionales claras e indiscutidas. Los valores y principios toman así un carácter institucional que ha de impregnar las reglas jurídicas tanto a nivel estructural como funcional (véase N. Bobbio, Dalla struttura alia funzione, 1977). En numerosasocasiones, la doctrina e incluso la jurisprudencia constitucional (STC 81/1983, entre otras) han utilizado indistintamente los términos «principios» y «valores» identificándolos en el fondo con la estructura normativa de los «conceptos jurídicos indeterminados». Sin embargo, los valores no son idénticos a los principios ni en su estructura ni en su función y la técnica de los conceptos jurídicos…