BOLETIN B-9
INFORMACION FINACIERA A FECHAS INTERMEDIAS
Este boletín tiene como objeto definir la aplicación de los principios de la contabilidad en la información financiera a fechas intermedias que emiten las empresas para el usuario en general, por ejemplo las instituciones de crédito, y para la que se da a conocer por conducto de la Comisión Nacional de Valores y la Bolsa Mexicana de Valores.Los aspectos relativos a la información financiera para usos internos de la empresa no se tratan en este boletín.
REGLAS DE VALUACION
GENERAL.- para la determinación de la información financiera intermedias, deberán seguirse los mismos principios de contabilidad, reglas particulares de aplicación y el criterio prudencial que están señalados en los boletines emitidos por esta Comisión para laelaboración de estados financieros anuales; sin embargo, habrá casos en que las reglas particulares de aplicación puedan modificarse según se señala más adelante.
INGRESOS.- los ingresos por ventas o por servicios proporcionados deben reconocerse en el periodo parcial en que se hayan realizado, siguiendo las mismas bases que se hayan adoptado para los estados financieros anuales.
COSTOS YGASTOS.-los costos y gastos que tengan relación directa con los ingresos, deberán reconocerse en el mismo periodo parcial en que se hayan reconocido estos últimos.Aquellos costos y gastos que no tengan una relación directa con los ingresos, deberán reconocerse en el periodo parcial en que se hayan incurrido o en su caso distribuirse en aquellos periodos parciales del ejercicio anual si es que benefician avarios de ellos.
EFECTOS DE LA INFLACIÓN INCORPORADOS A LOS ESTADOS FINANCIEROS BÁSICOS A FECHAS INTERMEDIAS
Las empresas deberán reflejar los efectos de la inflación a fechas intermedias en forma similar a la que utilizaron para sus estados financieros básicos anuales. Cuando por razones de tipo práctico (falta de avalúos periódicos) no sea posible para dar a conocer sus actualizaciones conactitud a fechas intermedias se podrá utilizar otro método de actualización (números índices) o hacerse sobre bases estimadas, partiendo de las cifras anuales actualizadas.
CONSISTENCIA
La regla general estipulada en el boletín A-7 relativo a la consistencia es aplicable a la información financiera a fechas intermedias: la información contable debe ser obtenida mediante la aplicación de los mismosprincipios y reglas particulares de aplicación para, mediante la comparación de los estados financieros de la entidad, conocer su evolución y mediante la comparación con estados de otras entidades económicas, y conocer su posición relativa.
CAMBIOS CONTABLES
La revelación de cualquier cambio contable que afecta la comparabilidad de la información, deberá ser informada en el periodo parcial en quese efectué y seguir siendo revelada en los periodos parciales subsecuentes. Tomando en consideración las características particulares que presenta la información a fechas intermedias, por cambios contables se deberán entender no solamente aquellos que se hagan con relación al periodo anual inmediato anterior, sino también aquellos que se hagan durante el mismo periodo parcial del año anterior y enlos periodos parciales del año en curso.
OBJETIVO
El objetivo de esta Norma de Información Financiera (NIF) es establecer, respecto a la información financiera a fechas intermedias: a) las normas de reconocimiento que deben seguirse para su determinación; y
b) su contenido, ya sea que se presente en forma completa o condensada.
NIF B-9
INFORMACIÓN FINANCIERA A FECHAS INTERMEDIAS
Razonespara emitir la NIF B-9
La NIF B-9 se emite con objeto de incorporar en la información financiera a fechas intermedias cambios derivados de la emisión del Marco Conceptual y de otras NIF particulares; por ejemplo, eliminar terminología y conceptos que ya no son aplicables; tales como, principios de contabilidad, principio de consistencia, etc.; así como incorporar nuevos temas como es el relativo a…