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División de poderes

Principio de organización política por el que las distintas tareas de la autoridad pública deben desarrollarse por órganos separados. la división tradicional se ha basado en laexistencia de tres poderes que se justifican por necesidades funcionales y de mutuo control. Además, en los sistemas democráticos se concibe como un complemento a la regla de la mayoría ya quegracias a él se protegen mejor las libertades individuales. Aristóteles, en la consideración de las diversas actividades que se tienen que desarrollar en el ejercicio del gobierno, habló en su momento delegislación, ejecución y administración de la justicia.

Sin embargo, quienes realmente aparecen como formuladores de la teoría de la división de poderes son Locke y Montesquieu. Ambos parten de lanecesidad de que las decisiones no deben concentrarse, por lo que los órganos del poder han de autocontrolarse a través de un sistema de contrapesos y equilibrios (checks and balances). la primeradivisión que efectúan separa el poder entre la corona y las demás corporaciones y, a su vez, dentro de éstas distinguen los poderes legislativo, ejecutivo y federativo; aunque Montesquieu sustituye elúltimo término, que Locke relacionaba con Los asuntos exteriores, por el judicial. la defensa de la división de poderes se convierte a partir de ambas aportaciones en objeto principal delconstitucionalismo liberal, que encuentra así un modelo institucional opuesto al absolutista. Además, esta fragmentación incluye la organización del legislativo en un parlamento bicameral; la división del ejecutivoentre gobierno y burocracia; y en algunos casos, una adicional división territorial del Estado.

Todo ello, junto con la existencia de unos derechos fundamentales, pasa a ser un requisitoimprescindible para evitar la arbitrariedad del poder público y, por tanto, conseguir garantías para la autonomía individual de la acción. Los dos más significativos ejemplos de la aplicación pionera de la…