ARTICULO 427. EL FACTORANTE DEBERA NOTIFICAR AL DEUDOR RESPECTIVO LA TRANSMISION DE LOS DERECHOS DE CREDITO OBJETO DE UN CONTRATO DE FACTORAJE FINANCIERO, EXCEPTO EN EL CASO DE FACTORAJE EN EL QUE SEOTORGUE AL FACTORADO MANDATO DE COBRANZA O SE CONCEDA A ESTE ULTIMO LA FACULTAD DE LLEVAR A CABO LA COBRANZA DEL CREDITO CORRESPONDIENTE. LA NOTIFICACION DEBERA HACERSE A TRAVES DE CUALQUIERA DE LASFORMAS SIGUIENTES:
I. ENTREGA DEL DOCUMENTO O DOCUMENTOS COMPROBATORIOS DEL DERECHO DE CREDITO EN LOS QUE CONSTE EL SELLO O LEYENDA RELATIVA A LA TRANSMISION Y ACUSE DE RECIBO POR EL DEUDORMEDIANTE CONTRASEÑA, CONTRARRECIBO O CUALQUIER OTRO SIGNO INEQUIVOCO DE RECEPCION;
II. COMUNICACION POR CORREO CERTIFICADO CON ACUSE DE RECIBO, TELEGRAMA, TELEX O TELEFACSIMIL, CONTRASEÑADOS QUE DEJEEVIDENCIA DE SU RECEPCION POR PARTE DEL DEUDOR;
III. NOTIFICACION REALIZADA POR FEDATARIO PUBLICO; Y
IV. MENSAJES DE DATOS, EN LOS TERMINOS DEL TITULO SEGUNDO DEL LIBRO SEGUNDO DEL CODIGO DECOMERCIO.
CUANDO SE TRATE DE NOTIFICACIONES QUE DEBAN SURTIR EFECTOS EN EL EXTRANJERO, EL FACTORANTE LAS PODRA EFECTUAR A TRAVES DE LOS MEDIOS SEÑALADOS EN LAS FRACCIONES ANTERIORES DE ESTE ARTICULO O PORMENSAJERIA CON ACUSE DE RECIBO O POR LOS MEDIOS ESTABLECIDOS DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LOS TRATADOS O ACUERDOS INTERNACIONALES SUSCRITOS POR LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
LASNOTIFICACIONES SURTIRAN SUS EFECTOS EL DIA HABIL SIGUIENTE A AQUEL EN QUE FUERON HECHAS Y, AL PRACTICARLAS, DEBERA PROPORCIONARSE AL INTERESADO COPIA DEL ACTO QUE SE NOTIFIQUE.
EN LOS CASOS SEÑALADOS, LANOTIFICACION DEBERA SER REALIZADA EN EL DOMICILIO DEL DEUDOR, Y PODRA EFECTUARSE CON SU REPRESENTANTE LEGAL O CUALQUIERA DE SUS DEPENDIENTES O EMPLEADOS. TODA NOTIFICACION PERSONAL, REALIZADA CON QUIENDEBA ENTENDERSE, SERA LEGALMENTE VALIDA AUN CUANDO NO SE EFECTUE EN EL DOMICILIO RESPECTIVO.
PARA LOS EFECTOS DE LA NOTIFICACION A QUE ALUDE EL PARRAFO ANTERIOR, SE TENDRA POR DOMICILIO DEL DEUDOR…