Impuesto a la salida de divisas

Impuesto a la Salida de Divisas

Descripcion:
Es el impuesto que se carga sobre el valor de todas las operaciones y transacciones monetarias que se realicen al exterior, con o sin intervención de lasinstituciones que integran el sistema financiero.

La tarifa del Impuesto a la Salida de Divisas es del 2%.

Las transferencias de hasta 1.000 dólares están exentas del impuesto a la salida dedivisas, las transferencias por montos superiores están gravadas en la parte que excede dicho valor.

Esta exención no aplica cuando la transferencia suponga la utilización de tarjetas de crédito odébito.

Sujeto Pasivo:
El ISD debe ser pagado por todas las personas naturales, sucesiones indivisas, y sociedades privadas, nacionales y extranjeras.

Las Instituciones Financieras se constituyen en agentesde retención del impuesto cuando transfieran divisas al exterior por disposición de sus clientes.

El BCE se constituye en agente de retención del impuesto cuando efectúe transferencias al exteriorpor orden y a cuenta de las Instituciones Financieras.

Las empresas de courier que envíen divisas al exterior (remesadoras) se constituyen en agentes de percepción cuando remitan dinero al exteriorpor orden de sus clientes.

Sujeto del Impuesto:
Se paga sobre el valor de todas las operaciones y transacciones monetarias que se realicen al exterior, con o sin intervención de las instituciones delsistema financiero; o, sobre el valor de los pagos efectuados desde cuentas del exterior por concepto de importaciones realizadas al Ecuador con el objeto de comercializar los bienes importados.Periodo Tributario:
Los agentes de retención y percepción del ISD deben declarar y pagar, a través de Internet (formulario 109), el impuesto retenido o percibido a sus clientes, junto con el impuesto quese hubiere causado por la transferencia, traslado o envío de sus fondos propios, según el caso, en las mismas fechas previstas para la declaración y pago de las retenciones en la fuente de impuesto…