FACULTADES DE COMPROBACIÓN
LA REVISION DE DECLARACIONES, consiste en el estudio y análisis de los datos contenidos en la autodeterminación del contribuyente del crédito fiscal que le correspondió pagar, es decir, verificar la veracidad y exactitud de los ingresos declarados, las deducciones efectuadas, la aplicación de la tarifa, etc.
LA REVISION DE LOS DICTÁMENES FORMULADOS POR CONTADORESPÚBLICOS, obre los estados financieros de los contribuyentes y su relación con el cumplimiento de obligaciones fiscales se refiere a la posibilidad que los particulares tienen, según se desprende del art. 42 y 52 del Código Fiscal de la Federación, de someter sus estados financieros a la revisión de un contador público particular para que éste formule n dictamen sobre ellos y su relación con elcumplimiento de las obligaciones fiscales correspondientes.
El dictamen que emite el contador público goza de una presunción relativa (juris tantum) de certeza, es decir , los hechos afirmados en el dictamen se presumen de ciertos, salvo prueba en contrario, siempre y cuando el contador público esté registrado ante las autoridades fiscales para estos efectos; el dictamen se formule de acuerdo conlas disposiciones del Reglamento del Código Fiscal de la Federación y las normas de auditoría que regulan la capacidad, independencia e imparcialidad profesionales del contador público, el trabajo que desempeña y la información que rinda como resultado del mismo, y que el contador público emita conjuntamente con su dictamen, un informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente,en el que consigne bajo protesta de decir verdad, los datos que señale el mencionado reglamento del código.
LA REVISION DEL DICTAMEN DEL CONTADOR PUBLICO, consiste en su estudio y análisis por la autoridad fiscal, incluso requiriendo información y documentación complementaria del propio contador o del contribuyente, para cerciorase de que fue formulado cumpliendo con los requisitos necesarios.En la práctica, que cuando la autoridad fiscal ejerce sus facultades de comprobación en relación con el dictamen del contador público, sigue un procedimiento similar al de la visita domiciliaria y concluida su revisión, si considera que hay alguna irregularidad, comunica al contribuyente sus observaciones y le concede plazo para que formule su inconformidad y aclaraciones (45 días) y rinda laspruebas que estime pertinentes.
Artículo 42.- Las autoridades fiscales a fin de comprobar que los contribuyentes, los responsables solidarios o los terceros con ellos relacionados han cumplido con las disposiciones fiscales y, en su caso, determinar las contribuciones omitidas o los créditos fiscales, así como para comprobar la comisión de delitos fiscales y para proporcionar información aotras autoridades fiscales, estarán facultadas para:
I.- Rectificar los errores aritméticos, omisiones u otros que aparezcan en las declaraciones, solicitudes o avisos, para lo cual las autoridades fiscales podrán requerir al contribuyente la presentación de la documentación que proceda, para la rectificación del error u omisión de que se trate.
II. Requerir a los contribuyentes,responsables solidarios o terceros con ellos relacionados, para que exhiban en su domicilio, establecimientos o en las oficinas de las propias autoridades, a efecto de llevar a cabo su revisión, la contabilidad, así como que proporcionen los datos, otros documentos o informes que se les requieran.
III.- Practicar visitas a los contribuyentes, los responsables solidarios o terceros relacionados conellos y revisar su contabilidad, bienes y mercancías.
IV.- Revisar los dictámenes formulados por contadores públicos sobre los estados financieros de los contribuyentes
V. Practicar visitas domiciliarias a los contribuyentes, a fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia de la expedición de comprobantes fiscales y de la presentación de solicitudes o avisos…