Derecho penal

El aborto: es la muerte del denominado, por así decir, producto de la concepción, en el vientre de la madre, producida durante cualquier momento de la etapa que va desde la fecundación (unión del óvulo con el espermatozoide) hasta el momento previo al nacimiento.
Consiste el delito de aborto, en la expulsión prematura y voluntariamente causada del producto de la concepción, o su destruccióndentro del claustro materno. Esencialmente conforma esta infracción la muerte de un feto humano, es decir, de un ser humano en su primera fase de vida y desarrollo, y, por tanto, se trata de un delito contra la vida humana.
El elemento material de esta infracción radica en la muerte del feto, y sólo se consuma el delito cuando se produce ésta; es, por tanto, esencial que el feto viva. El abortoocasionado voluntariamente es punible en cualquier momento del embarazo, y es indiferente para su configuración que la gestación esté más o menos avanzada. Acabada ésta e iniciado el parto, aun cuando sea prematuro, el delito de a. no es posible, y da lugar a la figura, más grave, del infanticidio. El elemento moral de este delito consiste en el «ánimo feticida». Ello presupone el conocimientoanticipado del estado de la mujer, lo que no excluye su posible comisión culposa, tanto si se trata de a. causado por la misma embarazada como por un tercero, o si uno y otro realizan actos violentos, peligrosos para la vida del feto.
A efectos de penalidad se debe distinguir el aborto producido sin consentimiento de la mujer del realizado con su anuencia. El primero es la figura más grave porencerrar un doble atentado: contra el futuro ser y contra su madre. Debe entenderse que el a. es sin consentimiento no sólo en el supuesto de empleo de fuerza o violencia, sino también en el caso de intimidación, amenaza o engaño, así como cuando se trate de mujer menor de edad, enajenada o en estado de inconsciencia. Cuando la mujer consintiere su a., si tiene capacidad para consentir, de víctimadel delito se transforma en autora del mismo y ha de ser castigada con la misma pena que el ejecutor material del hecho. Si bien es indiferente el móvil perseguido para la perfección del delito, se considera atenuado éste cuando el a. es causado por la mujer embarazada o por sus padres con intención de ocultar la deshonra; por lo que, evidentemente, este aborto honoris causa es incompatible conmujer públicamente deshonesta. Por el contrario, son figuras agravadas del aborto los producidos por facultativos (médicos, matronas, practicantes y personas en posesión de títulos sanitarios), que actúan con abuso de su profesión o arte, cooperando a la realización del aborto con medios técnicos, lo hagan o no movido por ánimo de lucro. Igualmente incurren en responsabilidad agravada los autoresde esta infracción que sean habituales abortadores, aunque no se hallen en posesión de título sanitario.
Cuando el agente hace uso de medios suficientes y adecuados para provocar el aborto y éste no se produce por causas ajenas a la voluntad del delincuente, el delito es frustrado. Las prácticas abortivas realizadas en mujer no encinta a la que se cree embarazada, dan lugar a la figura de latentativa imposible, que es punible sólo en algunas legislaciones. Si, iniciado el tratamiento abortivo de forma idónea, se interrumpe por causas ajenas a la voluntad del delincuente, surge la figura de la tentativa punible; y, por último, cuando a consecuencia de prácticas abortivas realizadas en mujer no encinta, creyéndole embarazada, acaeciese su fallecimiento, con el delito de a. concurriríaotro de homicidio, reprochable a título de dolo y sin posibilidad de que resultase atenuado por la preterintenclonalidad.

Abandono de niños y personas incapaces
El abandono de niños es la práctica de abandonar hijos fuera de la adopción legal.
Se incurre en el delito de abandono de menores, o incapaces, cuando una persona de desentiende del cuidado de dichas personas que estaban bajo su cargo….