Derecho fiscal

ARTICULO 134. LAS NOTIFICACIONES DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS SE HARAN:
I. PERSONALMENTE O POR CORREO CERTIFICADO O MENSAJE DE DATOS CON ACUSE DE RECIBO, CUANDO SE TRATE DE CITATORIOS, REQUERIMIENTOS, SOLICITUDES DE INFORMES O DOCUMENTOS Y DE ACTOS ADMINISTRATIVOS QUE PUEDAN SER RECURRIDOS.
EN EL CASO DE NOTIFICACIONES POR DOCUMENTO DIGITAL, PODRAN REALIZARSE EN LA PAGINA DE INTERNET DELSERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA O MEDIANTE CORREO ELECTRONICO, CONFORME LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL QUE PARA TALES EFECTOS ESTABLEZCA EL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA. LA FACULTAD MENCIONADA PODRA TAMBIEN SER EJERCIDA POR LOS ORGANISMOS FISCALES AUTONOMOS.
EL ACUSE DE RECIBO CONSISTIRA EN EL DOCUMENTO DIGITAL CON FIRMA ELECTRONICA QUE TRANSMITA EL DESTINATARIO AL ABRIR EL DOCUMENTODIGITAL QUE LE HUBIERA SIDO ENVIADO. PARA LOS EFECTOS DE ESTE PARRAFO, SE ENTENDERA COMO FIRMA ELECTRONICA DEL PARTICULAR NOTIFICADO, LA QUE SE GENERE AL UTILIZAR LA CLAVE DE SEGURIDAD QUE EL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA LE PROPORCIONE.
LA CLAVE DE SEGURIDAD SERA PERSONAL, INTRANSFERIBLE Y DE USO CONFIDENCIAL, POR LO QUE EL CONTRIBUYENTE SERA RESPONSABLE DEL USO QUE DE A LA MISMA PARA ABRIREL DOCUMENTO DIGITAL QUE LE HUBIERA SIDO ENVIADO.
EL ACUSE DE RECIBO TAMBIEN PODRA CONSISTIR EN EL DOCUMENTO DIGITAL CON FIRMA ELECTRONICA AVANZADA QUE GENERE EL DESTINATARIO DE DOCUMENTO REMITIDO AL AUTENTICARSE EN EL MEDIO POR EL CUAL LE HAYA SIDO ENVIADO EL CITADO DOCUMENTO.
LAS NOTIFICACIONES ELECTRONICAS ESTARAN DISPONIBLES EN EL PORTAL DE INTERNET ESTABLECIDO AL EFECTO POR LAS AUTORIDADESFISCALES Y PODRAN IMPRIMIRSE PARA EL INTERESADO, DICHA IMPRESION CONTENDRA UN SELLO DIGITAL QUE LO AUTENTIFIQUE.
LAS NOTIFICACIONES POR CORREO ELECTRONICO SERAN EMITIDAS ANEXANDO EL SELLO DIGITAL CORRESPONDIENTE, CONFORME LO SEÑALADO EN LOS ARTICULOS 17-D Y 38 FRACCION V DE ESTE CODIGO.
II. POR CORREO ORDINARIO O POR TELEGRAMA, CUANDO SE TRATE DE ACTOS DISTINTOS DE LOS SEÑALADOS EN LA FRACCIONANTERIOR.
III. POR ESTRADOS, CUANDO LA PERSONA A QUIEN DEBA NOTIFICARSE NO SEA LOCALIZABLE EN EL DOMICILIO QUE HAYA SEÑALADO PARA EFECTOS DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES, SE IGNORE SU DOMICILIO O EL DE SU REPRESENTANTE, DESAPAREZCA, SE OPONGA A LA DILIGENCIA DE NOTIFICACION O SE COLOQUE EN EL SUPUESTO PREVISTO EN LA FRACCION V DEL ARTICULO 110 DE ESTE CODIGO Y EN LOS DEMAS CASOS QUESEÑALEN LAS LEYES FISCALES Y ESTE CODIGO.
IV. POR EDICTOS, EN EL CASO DE QUE LA PERSONA A QUIEN DEBA NOTIFICARSE HUBIERA FALLECIDO Y NO SE CONOZCA AL REPRESENTANTE DE LA SUCESION.
V. POR INSTRUCTIVO, SOLAMENTE EN LOS CASOS Y CON LAS FORMALIDADES A QUE SE REFIERE EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTICULO 137, DE ESTE CODIGO.
CUANDO SE TRATE DE NOTIFICACIONES O ACTOS QUE DEBAN SURTIR EFECTOS EN EL EXTRANJERO, SEPODRAN EFECTUAR POR LAS AUTORIDADES FISCALES A TRAVES DE LOS MEDIOS SEÑALADOS EN LAS FRACCIONES I, II O IV DE ESTE ARTICULO O POR MENSAJERIA CON ACUSE DE RECIBO, TRANSMISION FACSIMILAR CON ACUSE DE RECIBO POR LA MISMA VIA, O POR LOS MEDIOS ESTABLECIDOS DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS TRATADOS O ACUERDOS INTERNACIONALES SUSCRITOS POR MEXICO.
EL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA PODRAHABILITAR A TERCEROS PARA QUE REALICEN LAS NOTIFICACIONES PREVISTAS EN LA FRACCION I DE ESTE ARTICULO, CUMPLIENDO CON LAS FORMALIDADES PREVISTAS EN ESTE CODIGO Y CONFORME A LAS REGLAS GENERALES QUE PARA TAL EFECTO ESTABLEZCA EL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
ARTICULO 136. LAS NOTIFICACIONES SE PODRAN HACER EN LAS OFICINAS DE LAS AUTORIDADES FISCALES, SI LAS PERSONAS A QUIENES DEBE NOTIFICARSESE PRESENTAN EN LAS MISMAS.
LAS NOTIFICACIONES TAMBIEN SE PODRAN EFECTUAR EN EL ULTIMO DOMICILIO QUE EL INTERESADO HAYA SEÑALADO PARA EFECTOS DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES O EN EL DOMICILIO FISCAL QUE LE CORRESPONDA DE ACUERDO CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 10 DE ESTE CODIGO. ASIMISMO, PODRAN REALIZARSE EN EL DOMICILIO QUE HUBIERE DESIGNADO PARA RECIBIR NOTIFICACIONES AL INICIAR…