ANALISIS DE LA EXPORTACION DE PRODUCTOS MADERABLES DE TRANSFORMACIÓN PRIMARIA DE CAOBA (Swietenia macrophylla) Y CEDRO (Cedrela odorata) POR EL TERMINAL PORTUARIO DEL CALLAO PERIODO 2001 – 2007
1. Generalidades: El presente análisis comprende las exportaciones realizadas durante los últimos siete años por el Terminal Portuario del Callao de los productos maderables de transformación primaria(PMTP) de caoba (Swietenia macrophylla) y cedro (Cedrela odorata), especies incluidas en los apéndices II y III, respectivamente, de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES). Tomamos como punto de partida para este documento el año 2001, ya que, desde este año las poblaciones de caoba y cedro fueron incluidas por Perú en el ApéndiceIII de la CITES. Es importante mencionar que, solo a partir del año 2003, la caoba es incluida en el Apéndice II de la CITES, en base a una decisión adoptada en noviembre de 2002, en la 12ª Conferencia de las Partes de la CITES (CdP12). Cabe señalar, que para la exportación de cualquier especie incluida en el Apéndice II, se requiere la previa concesión y presentación de un permiso de exportación,el cual únicamente se concederá una vez satisfecho los siguientes requisitos: a) que una Autoridad Científica del Estado de exportación1, haya manifestado que esa exportación no perjudicará la supervivencia de la especie; b) que una Autoridad Administrativa del Estado de exportación2 haya verificado que el espécimen no fue obtenido en contravención de la legislación vigente en dicho Estado sobrela protección de su fauna y flora3, a diferencia de las especies incluidas en el Apéndice III que solo requieren para su exportación de la conformidad por parte de la Autoridad Administrativa4. Los productos de estas especies forestales maderables incluidos en las regulaciones de la CITES son las trozas, madera aserrada, las chapas de madera y madera contrachapada, exclusivamente, todos PMTP sobrelos que el Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) tiene ingerencia. Las definiciones de estos productos se basan en el Sistema Armonizado (SA) de la Organización Mundial de Aduana (OMA) y llevan el correspondiente código específico que
La Autoridad Científica CITES-Perú es la Universidad Nacional Agraria La Molina, que para el caso de especies maderables, delega dicha función a laFacultad de Ciencias Forestales. 2 La Autoridad Administrativa CITES-Perú es el Instituto Nacional de Recursos Naturales INRENA. 3 Artículo IV del Texto de la Convención CITES. Disponible en Texto de Convención 4 Artículo V del Texto de la Convención CITES. Disponible en Texto de Convención
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describe cada uno de ellos5. Debemos resaltar que, dentro del rubro maderaaserrada, se considera a las “partes y piezas” o “partes dimensionadas” que es como se consigna en el permiso CITES a las partes y piezas de madera (tablas) que han sido secadas artificialmente a un contenido de humedad no mayor al 16% pero, que para efectos de ADUANAS y otros, sigue siendo madera aserrada6. El que estas especies estén incluidas en los apéndices CITES, implica entre otras cosas,que su comercio internacional se encuentra regulado a través de un sistema de permisos de exportación e importación que son emitidos y controlados por los países Partes de la CITES. En tal sentido, para su exportación se requiere de un permiso de exportación CITES que es emitido por el INRENA y es aprobado a través de una inspección ocular previa al embarque realizada también por el INRENA,inspecciones que se llevan a cabo en el Terminal Portuario del Callao e Iquitos. Se debe tomar en cuenta que, el presente análisis se ha realizado considerando la información registrada en el Terminal Portuario del Callao, es decir no se basa en el total de madera exportada de caoba y cedro ya que, aproximadamente, un 2% (principalmente cedro) ha sido exportado por otros puertos7. En el año 2001 aun…