Caso 12.535 Jorge Castañeda Gutman
Martes 02 de Septiembre de 2008 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH), máximo órgano jurisdiccional de la Organización de los Estados Americanos (OEA), emitió su sentencia definitiva e inapelable en el caso 12.535 (Jorge Castañeda Gutman vs. Estados Unidos Mexicanos).
La sentencia establece que el Estado no violó los derechos políticos y deigualdad ante la ley del Dr. Castañeda Gutman.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos resolvió por unanimidad que el Estado mexicano no violó los derechos políticos, ni el derecho a la igualdad ante la ley del Dr. Castañeda.
El Dr. Jorge Castañeda alegó que el Estado mexicano había vulnerado diferentes derechos consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, particularmente suderecho de igualdad ante la ley y sus derechos políticos establecidos en el artículo 23 de dicha Convención, con base en la negativa del Instituto Federal Electoral de inscribirlo como candidato independiente a la Presidencia de la República para las elecciones de 2006.
El Estado mexicano argumentó y probó que el sistema de partidos en México en modo alguno vulnera el derecho del Dr. Castañeda o decualquier otro ciudadano a ser votado, derecho garantizado tanto por la Constitución mexicana como por la ley electoral.
Por otra parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró que el recurso para impugnar la constitucionalidad de las disposiciones electorales, contemplado en la legislación mexicana, no era suficiente para garantizar los derechos políticos del Dr. Castañeda, deconformidad con el artículo 25 de la Convención. Sin embargo, determinó que la reforma electoral de 2007, por la que se añadieron dos párrafos al artículo 90 de la Constitución Federal, subsanó dicha deficiencia al reconocer constitucionalmente la facultad del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para revisar la constitucionalidad de las leyes electorales. La sentencia establece que elEstado deberá ajustar la legislación secundaria y las normas que reglamentan el juicio de protección de los derechos del ciudadano de acuerdo con lo previsto en esa reforma constitucional.
La Corte establece que “la sentencia constituye per se una forma de reparación”, desestimando así otras reclamaciones del Dr. Castañeda relacionadas con la supuesta afectación a su “proyecto de vida” y losgastos relacionados con sus actividades políticas.
El fallo judicial establece que los puntos resolutivos de la sentencia deberá ser publicada “en el Diario Oficial y otro diario de amplia circulación nacional” y que el Estado deberá pagar al Dr. Castañeda el “reintegro de gastos y costas judiciales”.
El gobierno de México considera que la sentencia del máximo órgano jurisdiccional en el continenteen materia de derechos humanos confirma la legalidad del sistema electoral nacional, incluyendo al sistema de partidos así como el funcionamiento de las instituciones electorales nacionales, con pleno apego a la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Igualmente, confirma que el país cuenta con sólidos mecanismos institucionales, en este caso el Congreso Federal, para crear las vías quegaranticen el adecuado ejercicio de los derechos políticos de los ciudadanos a partir de los más altos estándares internacionales en la materia.
El Gobierno de México reitera su pleno compromiso con la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuya competencia contenciosa fue reconocida por el Estado mexicano en 1998.
Elementos de la sentencia referidos al ejercicio de derechospolíticos
La Corte IDH valoró los alegatos de violación al artículo 25 (protección judicial) de la Convención Americana en agravio de Jorge Castañeda Gutman, presentados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Igualmente, la Corte IDH analizó las presuntas violaciones al artículo 23 (derechos políticos) y al artículo 24 (igualdad ante la ley) de la citada Convención, reclamadas…