Apuntes de amparo

5. Principios Constitucionales en el proceso de amparo.
Son los postulados esenciales que rigen y estructuran la vida del proceso de amparo.
Pueden ser en atención a la calidad de la que goza el quejoso, la naturaleza del acto reclamado o conforme a los fines del procedimiento. A su vez Juventino V. Castro los divide en los que fundamentan la acción, los que fundamentan el procedimiento y losque fundamentan la sentencia.
Vimos el de prosecución judicial, iniciativa o instancia de parte, agravio personal y directo, relatividad de la sentencia, definitividad, estricto derecho o congruencia .
Prosecuciòn judicial: Contemplado en la parte inicial del artículo 107 Constitucional, establece que el amparo debe tramitarse mediante un verdadero proceso judicial en el cual se deben observarlas formas jurídico procesales que la ley establece.
La Corte ya emitió jurisprudencia en donde establece que el amparo siempre debe ser resuelto por órgano jurisdiccional.
Iniciativa o instancia de parte: Consignada en el artículo 107 Constitucional en su primera fracción. El amparo siempre requerirà que alguien excite al órgano jurisdiccional, esto es, nunca se iniciarà oficiosamente. De ahìque Juventino V. Castro lo considere un proceso provocado. Segùn la Corte, requiere de firma.
Agravio personal y directo: Consignado en la misma fracción. No basta la instancia de parte sino que debe ser por la parte que se considera agraviada, esto es, a la que perjudica el acto.(4 Ley de Amparo).
Por agravio se entiende todo menoscabo u ofensa patrimonial o no patrimonial, material y apreciableobjetivamente. Debe ser real y lesionar derechos o intereses legítimamente tutelados, recaer en persona determinada y ser de realización pasada, presente o inminente. PJF. Segùn Corte debe ser probable.
RELATIVIDAD DE LA SENTENCIA: Consignado en el artículo 107 Constitucional en su segunda fracción y 76 de la Ley de Amparo. El Amparo solo afecta a las partes llamadas a este. De ahí que serequiera precisar con toda claridad a las autoridades responsables o a los terceros perjudicados, pues la sentencia solo surte efectos inter partes y por ende las autoridades responsables deben ser llamadas a juicio para que les pare perjuicio la sentencia.
EXCEPCIONES:
SUPLENCIA DE LA DEFICIENCIA O AUSENCIA la suplencia de la queja constituye una excepción al rigorismo jurídico y al formalismo legal,cuyo fin es proteger los intereses del procesado, además de que se trata de una facultad concedida al juzgador para subsanar, en la sentencia, el error u omisión en que haya incurrido el reo o su defensor76 LA
LITISCONSORCIO PASIVO: Pluralidad de demandados De acuerdo a la posición de las partes puede ser Activa: cuando varios actores litigan frente a un solo demandado o Pasiva: cuando un soloactor se dirige frente varios demandados
LITISCONSORCIO PASIVO NECESARIO: cuando la ley exige que al actor que demanda conjuntamente a varias personas, lo haga en una misma demanda. El litisconsorcio necesario se presenta en aquellos casos en que, por disposición de la ley o en virtud de la relación jurídica material que se está debatiendo, es necesario oír a varios sujetos, y esta necesidad deescuchar a varios sujetos se va a dar que lo que se resuelva en definitiva va a afectar o perjudicar a todos, si a falta de uno o varios el Juez no puede fallar válidamente.
Litisconsorcio pasivo necesario cuando el quejoso argumenta que fue mal emplazado en cuyo caso si se le concede el amparo, se regresa el proceso también para sus codemandados.
DEFINITIVIDAD.- El amparo solo procede contraactos definitivos, es decir, aquellos en los que se han agotado todos los recursos, procesos y procedimientos previstos en la ley del acto para su modificación, revocación o nulificaciòn.(107 F III inciso A. C.P.E.U.M.)
EXCEPCIONES:
Artìculo 73 F XIII: Cuando el acto reclamado importe peligro de privación de la vida, deportación o destierro, o bien cualquiera de los actos prohibidos por el…